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jueves, 26 de septiembre de 2013

EL EXPEDIENTE JUDICIAL ELECTRÓNICO



El expediente electrónico judicial es un conjunto de documentos que componen un procedimiento administrativo y que están totalmente en apoyo electrónico.

El Estado ha incorporado las buenas prácticas gubernamentales e instrumentos tecnológicos importantes que sirven para un mejor manejo administrativo a favor de la ciudadanía, bajo los principios de “celeridad y transparencia”. Es por ello de la incorporación del expediente electrónico judicial. “Este documento pretende modernizar el órgano jurisdiccional incorporando nuevas herramientas tecnológicas para lograr mayor confianza y seguridad en el servicio de justicia”.
La desmaterialización del expediente con el proceso electrónico judicial, la incorporación en la legislación del concepto de evidencia digital, el uso de la agenda electrónica, la firma digital y de instrumentos estadísticos y electrónicos que midan los indicadores  judiciales.
Cabe señalar que la Oficina Europea de Cooperación Judicial y el organismo de Cooperación Jurídica y Judicial Internacional de los países Iberoamericanos  firmarán un memorándum de entendimiento en busca de una mayor cooperación transatlántica del cual Perú fue parte.
Los procesos podrán desarrollarse en 26 días, lo que usualmente duraba 151 días.
Este proyecto piloto se iniciara en la capital de Lima, iniciándose en los juzgados comerciales y luego se darán en los ámbitos jurisdiccionales civiles y penales.



Ø  Hacer uso de   diferentes herramientas tecnológicas y el uso del internet a través de un servidor, los abogados de los litigantes podrán iniciar un juicio sólo cargando el expediente en línea.
Ø  Otro de los objetivos que señala este proyecto, ofrecerá una mayor transparencia en los procesos y se evitará la  corrupción en la administración de justicia, este tendrá una duración de seis meses de implementación toda vez que el Presidente del poder judicial lo apruebe. Dicho proyecto demandará 400, 000 mil destinados en capacitación de los jueces y secretarios judiciales.


Facilita el pasaje de los expedientes entre quienes deben trabajar sobre ellos (sean oficinas, organismos u organismos diferentes), que pueden estar ubicadas en lugares distantes; el trámite se vuelve más rápido y económico, y la gestión más eficiente. Evita el extravío de expedientes en papel, lo que usualmente genera grandes retrasos. La búsqueda y recuperación de los expedientes deja de ser un problema.
El soporte electrónico permite que los expedientes sean iniciados desde distintas ubicaciones geográficas, sin estar limitados por restricciones horarias (de atención al público, horarios laborales o husos horarios). Permite la interacción y el trabajo sin requerir de la presencia física de los usuarios. De este modo se favorece la descentralización y se acerca el trámite al usuario.
El expediente electrónico se regula por un marco legal que legitima y legaliza los procesos documentales electrónicos. Cada actuación en el expediente que esté firmada electrónicamente, reviste el mismo valor legal y documental que en el soporte papel.
El expediente electrónico puede ser seguido por el interesado paso a paso, conociendo su estado, en qué etapa se encuentra y cuáles son las siguientes. Esta información es actualizada cada vez que el expediente se mueve en la organización, pudiendo estar a disposición del interesado las 24 horas del día, a través de Internet.
Los expedientes 100% electrónicos pueden ser inter operados entre diversos organismos o empresas sin necesidad de trasiego de papeles ni demoras por traslados. Además se evita el riesgo de deterioro y de extravío de documentos durante su transferencia.
El expediente electrónico funciona con documentos electrónicos capaces de circular entre personas, pudiendo ser modificados según protocolos de autorización previamente estipulados y firmados electrónicamente. Así es posible pasar del uso del papel como soporte documental hacia el soporte digital, sin perder garantías de calidad y validez, ni opciones en la diversidad de trámites disponibles.
El expediente electrónico puede ser localizado rápidamente en bases de datos indexadas. Su inmaterialidad permite que puedan ser almacenados sin necesidad de grandes espacios físicos. La tecnología permite que los documentos de diversos tipos de expedientes se almacenen en un repositorio único organizado y centralizado, que pueda ser accedido por todos los usuarios autorizados y que cuente con un mecanismo de respaldo que asegure su contingencia.
Los documentos pueden ser reproducidos tantas veces como sea necesario, y obtener cada vez copias fieles del original. En el caso del expediente que se inicia a través de formularios o cartas en formato papel las copias que de ellos se generen deberán atravesar un nuevo proceso administrativo para ser autenticados, resultando en procedimientos largos y engorrosos. Sin embargo, con el soporte electrónico estas nuevas etapas en el flujo documental no son necesarias.
El expediente electrónico es mucho más seguro que el que emplea soporte papel. No es posible que se extravíen páginas o se las elimine sin que haya registro sobre quién y cuándo sucedió. No es necesaria su impresión en papel a modo de respaldo, sino que se enmarca en las políticas de respaldo de bases de datos disponibles en la organización. No existe deterioro de los documentos electrónicos. Los mecanismos de firma electrónica descritos a continuación garantizan que el trámite electrónico sea aún más seguro que uno en papel.
En los expedientes electrónicos se suele emplear la firma electrónica en procura de que: “Quien firma una actuación en alguna etapa del expediente, sea quien dice ser (concepto de no repudio) “. Todo aquello que sea firmado sea cifrado hasta que llega a su destinatario, no pudiendo accederse a su contenido por personas no autorizadas. En caso de interceptación no autorizada del expediente, e intento de modificarlo, ello se detecte automáticamente.





·         Ahorro de papel, y no desaparición (digitalización de la información).
·         Ahorro de espacio de almacenaje, tanto de expedientes vivos como cerrados.
·         Ahorro de costes.
·         Mayor celeridad en la realización de trámites (baste pensar en toda la información a la que ahora el Juzgado puede acceder a través del punto neutro en tiempo real, cuando antes había que oficiar, expedir el oficio, esperar respuesta).
·         Desaparición de desplazamientos del personal.
·         El expediente siempre estará a disposición de los profesionales que intervengan en el mismo en cualquier momento (se acabó, desde el punto de vista del profesional realidades como “lo lleva mi compañero y no está”; “el expediente lo tiene el Secretario”; “lo tiene Fiscalía”; “los expedientes del juicio de mañana ya los tiene Su Señoría”).
·         Facilidad en la presentación y traslado de documentos… y muchas más, que todos los lectores podrán imaginar.
           






o    Anula la posibilidad del extravío o hurto del expediente papel y el posterior engorroso trámite de reconstitución.
o    Permite la consulta online (las 24 horas) del expediente judicial, desde cualquier sitio.
o    Permite la generación e incorporación de escritos judiciales. 
o    La duración de vida útil del expediente electrónico sería muy amplia. Por el contrario, el papel a los 10 o 15 años, y con el contacto diario del operador de justicia y de las partes se va depreciando en su calidad, haciéndolo ilegible y TAMBIÉN DAÑINO A LA SALUD.
o    Se elimina la posibilidad de que el expediente electrónico sea víctima de agentes externos, como el agua (filtraciones, inundaciones) y el fuego (incendio).
o    Permite la comunicación digital.
o    En armonía con la naturaleza, se evitaría el uso masivo del papel en los trámites judiciales, y con ello menos árboles serían derribados para la producción del insumo.
o    Como un gran avance, se eliminaría la adulteración de expedientes, en razón de la existencia ÚNICA en soporte informático, disponible en forma permanente a las partes.
o    Se registra una importante merma en la concurrencia de profesionales abogados y partes a las ventanillas de los tribunales.
o    El funcionario judicial tiene menos tensión y más concentración en la producción laboral diaria en las causas.
o    La celeridad en la administración de justicia se ve beneficiada con la implementación válida de la NOTIFICACIÓN ELECTRONICA a las partes.
o    La FIRMA DIGITAL tiene pleno valor; con el consiguiente ahorro de papel y tiempo utilizados en la realización de trámites que obligan actualmente a las partes a firmar con puño y letra.
o    El proceso judicial se optimiza y se ahorrar tiempo vital para las partes, dado que las actuaciones son más rápidas y efectivas.
o    El expediente judicial electrónico brinda a las partes la posibilidad de realizar un seguimiento online permanente de sus presentaciones y resoluciones.
o    El eterno problema de la presentación del escrito fuera de plazo es  parte de la historia judicial; al permitir el control de las partes desde cualquier lugar.



v  Una alta inversión financiera por parte del Estado, la misma será totalmente justificada al permitir al ciudadano gozar de más confianza en el sistema judicial, y con ello, la tan anhelada “SEGURIDAD JURIDICA”.
v  Implica un tiempo prudencial de capacitación e implementación gradual de uso del sistema electrónico.
v  Los Servidores Informáticos que graban y mantienen disponible las actuaciones judiciales en las causas.
v  Operadores informáticos capaces y honestos.
v  Las Facultades de Derecho deberán formar a sus estudiantes de grado y posgrado en la utilización del Expediente Judicial Electrónico, creando la materia respectiva.


1 comentario:

  1. Agregando un poco de información, en Perú surge la duda acerca de cómo consultadeexpedientesjudiciales.review, lo cual sirve de ayuda para aquellos individuos que tienen abiertos algún proceso en la sede del país. Pedirán una verificación de códigos y caracteres para identificar que no eres un robot. Se le da clic en consultar y listo, saldrá una página donde te saldrá el expediente visualizado en la pantalla.

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