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miércoles, 25 de septiembre de 2013

CIBER CRIMEN


Diapos 





CIBER CRIMEN

Sin duda muchos confundimos los términos de delito informático y delitos computacionales, cabe resaltar que a simple vista pueden interpretado como sinónimo sin embargo con el presente artículo puntualizare de las maneras más sencillas cada término haciendo notar su diferencia entre ellas.
Las nuevas tecnologías se han constituido en las actuales bases sobre las que la vida del hombre se desarrolla en sociedad. Ya no entendemos nuestro entorno sin mirar a través de ese prisma digital, que con colores definidos por ceros y unos nos lleva a una nueva visión de la realidad y de la propia existencia del ser humano.

Los delincuentes, así como otras áreas de la sociedad, descubren en la tecnología un novedoso modo de cometer sus fechorías… y aparecen también nuevos delitos, propios del mundo digital.

FORMAS MÁS COMUNES DE CIBERCRIMEN

·  Ciberocupación: es el hecho de reservar un dominio en Internet, sobre todo un nombre que se asocia con la marca de una empresa, y luego tratar de sacar provecho de la venta o concesión de licencias de este nombre.
·         Acoso cibernético: es el acto de amenazar y acosar a alguien a través de múltiples mensajes de correo electrónico. Sobre todo con la intención de invadir de temor al destinatario o a un familiar del destinatario, bien sea a través de un acto ilegal o una lesión.
·         Ciberrobo: es la acción de utilizar un servicio informático en línea, para robar la propiedad de otro o para interferir con la otra persona en el uso y disfrute de una propiedad.
·         La interceptación de correo electrónico: es el acto de leer y almacenar e-mails, sin el permiso del destinatario.
·         Fraude por Internet: es cualquier tipo de uso fraudulento de una computadora y el Internet, incluyendo el uso de las salas de chat, correo electrónico, foros, grupos de discusión y sitios web, para llevar a cabo transacciones fraudulentas, transmitir los beneficios del fraude a las instituciones financieras, o para robar, destruir o inutilizar los datos informáticos esenciales para el funcionamiento de un negocio (por ejemplo, a través de la proliferación de un virus).
·         Fraude por telemercadeo: es un término que se refiere a privar a las víctimas de una forma deshonesta de sus bienes o dinero, e inclusive falsear los valores de estos bienes o servicios.


DELITOS COMPUTACIONALES

Persiguen un fin distinto, utilizan los recursos informáticos, dígase computadoras, sistemas operativos como medio para perpetrar un delito tradicional como podría ser un robo, un hurto, una estafa.

Viene a ser aquella conducta en que los medios informáticos, utilizados en su propia función, constituyen una nueva forma de atacar bienes jurídicos cuya protección ya ha sido reconocida por el Derecho penal, el ejemplo más característico lo ubicamos en el delito de Hurto cometido mediante “sistemas de transferencia electrónica de fondos, de la telemática en general o violación del empleo de claves secretas».

Entonces,  los delitos computacionales viene a ser por nuestra doctrina comúnmente a los comportamientos ilícitos que se subsumen a los delitos de estafa, robo o hurto por medio de la utilización de una computadora conectada a una red ya que en estos casos como decíamos anteriormente se protege el bien jurídico “Patrimonio” en todas sus tipos reconocidos

Los delitos computacionales vienen a ser por nuestra doctrina comúnmente a los comportamientos ilícitos que se subsumen a los delitos de estafa, robo o hurto por medio de la utilización de una computadora conectada a una red ya que en estos casos como decíamos anteriormente se protege el bien jurídico “Patrimonio” en todas sus tipos reconocidos.


DELITOS INFORMATICOS
Dañan bienes informáticos introduciéndose de manera ilegal a un sistema operativo.
IMPACTO DE LOS DELITOS INFORMATICOS
Impacto a Nivel General
En los años recientes las redes de computadoras han crecido de manera asombrosa. Hoy en día, el número de usuarios que se comunican, hacen sus compras, pagan sus cuentas, realizan negocios y hasta consultan con sus médicos online supera los 200 millones, comparado con 26 millones en 1995.


LEGISLACION SOBRE DELITOS INFORMATICOS

LEY DE DELITOS INFORMATICO
Artículo único.- Incorporase al Código Penal, promulgado por Decreto Legislativo N° 635, el Capítulo XI, Delitos Informáticos, los artículos 208a y 208b


CONDUCTAS DELICTUALES TRADICIONALES CON TIPOS ENCUADRADOS EN NUESTRO CODIGO PENAL


CAPÍTULO 10  ART. 207 A  207 B   207 C *

ESPIONAJE INFORMATICO
SABOTAJE INFORMATICO, etc.

BIEN JURIDICO PROTEGIDO.-DIGNIDAD DE LA PERSONA Y EL HONOR DE CADA PERSONA

      En nuestra legislación Penal Peruana el bien jurídico tutelado en los arts. 207º -A, 207º -B y 207 –C de nuestro Código es el Patrimonio. Ya que principalmente lo que ampara nuestra leyes es lo dicho anteriormente, no dejando a lado otro bien jurídico como es la intimidad, el honor de cada persona.

DIFERENCIAS ENTRE  DELITOS COMPUTACIONALES Y DELITOS INFORMATICOS

Los Delitos Computacionales: se entiende como aquellas conductas delictuales tradicionales con tipos encuadrados en nuestro Código Penal que se utiliza los medios informáticos como medio de comisión por ejemplo: realizar una estafa, robo o hurto, por medio de la utilización de una computadora conectada a una red bancaria, ya que en estos casos se tutela los bienes jurídicos tradicionales como ser el patrimonio. También la violación de email ataca la intimidad de las personas.
Mientras los Delitos Informáticos: son aquellos conductas delictuales en las que se ataca bienes informáticos en si mismo, no como medio, como ser el daño en el Software por la intromisión de un Virus, o accediendo sin autorización a una PC, o la piratería (copia ilegal) de software
Podemos decir ahora, que el verdadero concepto de DELITO INFORMATICO, es el siguiente:" es toda conducta que revista características delictivas, es decir sea típica, antijurídica, y culpable, contra el soporte lógico o Software de un sistema de procesamiento de información, sea un programa o dato relevante".

Es por esto mismo que se hace de suma importancia tener en cuenta ahora mas que nunca que somos testigos del vertiginoso desarrollo de la tecnología y de la informática, los cuales son de provecho para la humanidad, hay que tener en cuenta que dentro del conjunto social se encuentra comprendida también la criminalidad, la cual se encuentra incluso mejor adaptada a estos cambios que el resto de personas, es ahí donde radica la importancia del estudio de estas nuevas formas de criminalidad  en el ámbito de la informática.

DELITO COMPUTACIONAL
DELITO INFORMATICO
         Viene a ser aquella conducta en que los medios informáticos, utilizados en su propia función, constituyen una nueva forma de atacar bienes jurídicos cuya protección ya ha sido reconocida por el Derecho penal, el ejemplo más característico lo ubicamos en el delito de Hurto cometido mediante “sistemas de transferencia electrónica de fondos, de la telemática en general o violación del empleo de claves secretas”.

         Propiamente dicho es aquel que afecta un nuevo interés social, un nuevo bien jurídico- penal que identificamos como: “la información (almacenada, tratada y transmitida mediante los sistemas de tratamiento automatizado de datos)”.
         Para no limitar la presente ponencia a los delitos informáticos en sentido estricto, previstos en los arts. 207-A, 207-B y 207-C del Código penal peruano, estudiaremos además la figura computacional de mayor incidencia en el ordenamiento penal interno, nos referimos a la sustracción mediante “sistemas de transferencia electrónica de fondos, de la telemática en general o violación del empleo de claves secretas”.



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